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	<title>Gran Desarrollo Inmobiliario &#187; Artículos</title>
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	<description>El mejor lugar para vender y comprar propiedades</description>
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		<title>PASOS PARA REGISTRAR UNA PROPIEDAD</title>
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		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 17:27:23 +0000</pubDate>
		<dc:creator>anag</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[guatemala]]></category>
		<category><![CDATA[propiedad]]></category>
		<category><![CDATA[registrar]]></category>
		<category><![CDATA[registro]]></category>

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		<description><![CDATA[cómo registrar su bien inmueble]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Registro de propiedades</p>
<p>Una propiedad debidamente inscrita, es una propiedad bien protegida. Registre su propiedad, y si va a comprar, verifique antes que esté debidamente inscrita y libre de hipotecas u otros gravámenes.</p>
<p>¿Qué necesita para registrar sus propiedades?</p>
<p>Es un trámite simple, fácil y de bajo costo que puede hacer usted mismo, en cualquiera de las sedes del Registro General de la Propiedad o solicitándolo a su notario.</p>
<p>Documentos necesarios:</p>
<ul>
<li>Título      original (testimonio de la escritura que el notario le hizo cuando usted      adquirió la propiedad).</li>
</ul>
<ul>
<li>Duplicado      del documento anterior firmado y sellado por su notario.</li>
</ul>
<ul>
<li>Boleta      de presentación.</li>
</ul>
<p>Pasos a seguir:</p>
<ul>
<li>Solicitar      una boleta de presentación de documento en el Registro General de la Propiedad      o descargarla de la       página Web: <a href="http://www.rgp.org.gt/">www.rgp.org.gt</a></li>
</ul>
<ul>
<li>Presentar      en la caja el testimonio original y su duplicado, así como la boleta de presentación.
<ul>
<li>El       cajero hará el cálculo de honorarios que usted deberá pagar y le indicará       la fecha en que deberá recoger de vuelta el original del testimonio que usted       presentó, con la “razón registral”, en donde constará que su propiedad       quedó debidamente inscrita.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p>¿Qué debe verificar antes de comprar una propiedad?</p>
<ol>
<li>Solicite      al propietario o representante del inmueble el titulo de propiedad debidamente      inscrito en el Registro.
<ul>
<li>El       título contiene el número de finca, folio, libro y departamento donde       esta registrado el bien.</li>
</ul>
<ul>
<li>Solicite       una certificación o consulta electrónica de la propiedad que usted quiere       comprar.</li>
</ul>
</li>
</ol>
<ol>
<li>Verifique:</li>
</ol>
<ul>
<li> El       nombre del propietario.</li>
<li>Ubicación       de la propiedad.</li>
<li>Área       inscrita de la propiedad.</li>
<li>hipotecas       u otras anotaciones o limitaciones inscritas.</li>
<li>Identidad del propietario del inmueble.</li>
<li>Autenticidad de la cédula.</li>
<li>Verificar datos propietario en  guía telefónica.</li>
<li> Asesórese siempre por un notario de su confianza,  no por extraños.</li>
</ul>
<p>2.  Validar      título por Internet:</p>
<ul>
<li>Si       usted está familiarizado con Internet y la razón del título es posterior       a junio del 2006, usted puede validar la razón en la página Web: <a href="http://www.rgp.org.gt/">www.rgp.org.gt</a> en “validar razones       registrales”.</li>
</ul>
<p>REGISTRAR SU PROPIEDAD PROTEGE LO QUE ES SUYO</p>
<p>fuente: <a href="http://www.registro-propiedad.org.gt/">http://www.registro-propiedad.org.gt/</a></p>
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		</item>
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		<title>INMOVILIZACIÓN DE BIENES INMUEBLES</title>
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		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 16:57:00 +0000</pubDate>
		<dc:creator>anag</dc:creator>
				<category><![CDATA[Artículos]]></category>
		<category><![CDATA[bien]]></category>
		<category><![CDATA[bienes]]></category>
		<category><![CDATA[inmovilización]]></category>
		<category><![CDATA[inmovilizar]]></category>
		<category><![CDATA[inmuebe]]></category>

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		<description><![CDATA[Inmovilización de bienes registrados. ¿Qué es la inmovilización de bienes registrados? El Estado de Guatemala, en aras de proteger el derecho de propiedad, implementó por medio del Decreto 62- 97 del Congreso de la República, la inmovilización de bienes registrados, el cual constituye una medida para que los bienes y derechos inscritos en el Registro [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Inmovilización de bienes registrados.</p>
<p>¿Qué es la inmovilización de bienes registrados?</p>
<p>El Estado de Guatemala, en aras de proteger el derecho de propiedad, implementó por medio del Decreto 62- 97 del Congreso de la República, la inmovilización de bienes registrados, el cual constituye una medida para que los bienes y derechos inscritos en el Registro General de la Propiedad, no sean enajenados o gravados sin el consentimiento del propietario y evitar así cualquier mala práctica que pudiere perjudicarlos.</p>
<p>¿Qué bienes se pueden inmovilizar?</p>
<p>Se pueden inmovilizar todos los bienes y derechos inscritos en el Registro General de la Propiedad.</p>
<p>¿Quiénes pueden solicitar la inmovilización?</p>
<ol>
<li>El propietario</li>
</ol>
<ol>
<li>El representante legal de personas jurídicas (sociedades      anónimas, asociaciones, fundaciones, etc.)</li>
</ol>
<ol>
<li>El nudo propietario, el usufructuario, el      copropietario o los copropietarios en forma separada o conjunta, con      relación a su respectivo derecho.</li>
</ol>
<ol>
<li>Los mandatarios que pueden disponer de los bienes del      mandante</li>
</ol>
<ol>
<li>El representante legal del menor de edad en      ejercicio de la patria potestad o tutela, o por medio de mandatario      especial.</li>
</ol>
<ol>
<li>El representante legal del ausente o incapaz, sea este      el guardador de los bienes o quien nombre el juez como medida cautelar.</li>
</ol>
<ol>
<li>El administrador o representante legal de la      mortual (albacea o administrador de los bienes hereditarios).</li>
</ol>
<p>¿Por cuánto tiempo puede inmovilizar?</p>
<p>Puede inmovilizarse por días, meses o años, hasta un máximo de 3 años.</p>
<p>También puede prorrogarse la inmovilización por un período igual.</p>
<p>¿Qué documentos debo presentar?</p>
<ol>
<li>Solicitud escrita que contenga:</li>
</ol>
<ol>
<li>
<ol>
<li>El nombre y todos los datos de identificación personal       del solicitante.</li>
<li>Identificación de los bienes a inmovilizar</li>
</ol>
</li>
</ol>
<ol>
<li>
<ol>
<li>Declaración, bajo juramento de decir verdad, que       no existe cesión a ningún título ni hipoteca pendiente de inscribir,       otorgados con anterioridad a la fecha de suscripción.</li>
</ol>
</li>
</ol>
<ol>
<li>
<ol>
<li>Firma y huella dactilar del solicitante.</li>
</ol>
</li>
</ol>
<ol>
<li>
<ol>
<li>La solicitud deberá contar con legalización       notarial de la firma del solicitante.</li>
</ol>
</li>
</ol>
<ol>
<li>
<ol>
<li>Duplicado de la solicitud y documentos acompañados.</li>
</ol>
</li>
</ol>
<p>Nota: en los casos de solicitud a través de un representante legal, deberá adjuntarse a la solicitud, copia legalizada por notario del respectivo documento que acredite la representación.</p>
<p>Prórroga</p>
<p>Para solicitar la prórroga de anotación de inmovilización, deberá presentar y cumplir con todos los requisitos establecidos para la solicitud de inmovilización.</p>
<p>HONORARIOS DEL REGISTRO</p>
<p>Los honorarios del Registro para la anotación de la inmovilización de un bien o derecho son de Q160.00 (Art. 2 Arancel General para los Registros de la Propiedad, Acuerdo Gubernativo 325-2005).</p>
<p>¿Cómo cancelar la anotación de inmovilización?</p>
<p>En tanto permanezca vigente la anotación de inmovilización, el o los propietarios del bien o derecho podrán pedir su cancelación, para lo cual deberán presentar:</p>
<ol>
<li>Acta notarial de declaración jurada en la que conste      la decisión del propietario de cancelar la limitación que recaiga sobre el      bien, dejando impresa su huella dactilar en la misma.</li>
</ol>
<ol>
<li>Documento con el que se acredite fehacientemente la      propiedad (certificación extendida por el Registro de la Propiedad)</li>
</ol>
<ol>
<li>Certificación extendida por el Registro de Vecindad      del lugar donde se haya extendido la cédula de vecindad del solicitante,      en que conste el número de cédula, folio y libro en que se encuentre      inscrita.</li>
</ol>
<ol>
<li>Informe presentado por experto que a través de medios      técnico – científicos, haya corroborado la autenticidad de la huella      dactilar.</li>
</ol>
<ol>
<li>Duplicado del acta y los documentos acompañados</li>
</ol>
<p>HONORARIOS DEL REGISTRO</p>
<p>Los honorarios del Registro para la cancelación de la anotación de la inmovilización de un bien o derecho son de Q160.00. (Art. 2 Arancel para los Registros de la Propiedad, Acuerdo Gubernativo 325-2005).</p>
<p>PREGUNTAS FRECUENTES:</p>
<p>¿Dónde encuentro a un experto?</p>
<p>La Secretaría General del Registro General de la Propiedad cuenta con banco de datos de expertos que usted puede consultar.</p>
<p>¿Puedo inmovilizar una propiedad o derecho por menos de 3 años?</p>
<p>Si, usted puede inmovilizar su propiedad por días, meses o años, no importa cuántos, lo importante es que el plazo máximo es de 3 años.</p>
<p>¿Puede solicitar la cancelación de inmovilización un representante legal distinto al que la solicitó?</p>
<p>Puede solicitar la cancelación de dicha anotación otro representante, siempre y cuando cuente con las facultades necesarias para solicitarla.</p>
<p>¿Cuánto tiempo toma al Registro inmovilizar un bien o derecho?</p>
<p>Un promedio de 8 días.</p>
<p>Fuente: <a href="http://www.registro-propiedad.org.gt/">http://www.registro-propiedad.org.gt/</a></p>
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		<title>Seguridad al registrar sus propiedades</title>
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		<pubDate>Thu, 02 Sep 2010 16:11:05 +0000</pubDate>
		<dc:creator>anag</dc:creator>
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		<category><![CDATA[propiedades]]></category>
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		<description><![CDATA[Seguridad al registrar su propiedad. ]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El Licenciado Sergio Eduardo Romano Monzón, Registrador General de la Propiedad, consciente de la problemática de inseguridad registral que han sufrido algunos guatemaltecos,  analizó conveniente crear la Dirección de Seguridad Registral y Apoyo a los Operadores de Justicia Penal, cuya visión es la de brindar apoyo técnico y científico en materia de seguridad en la operación registral, contribuyendo de esta forma a garantizar el derecho de propiedad, constitucionalmente establecido.</p>
<p>Teniendo como misiónla de facilitar y coadyuvar con los operadores de justicia, a efecto de proveer información ágil, verídica y segura, que contribuya a prevenir y erradicar actos delictivos contra la seguridad registral y el derecho de propiedad. Su objetivo general esel de establecer un sistema administrativo en el Registro General  de la Propiedad que brinde información verídica y segura, de expedientes sobre actos que atenten contra la seguridad registral y la propiedad privada.</p>
<p>La Dirección de Seguridad Registral y Apoyo a los Operadores de Justicia Penal, cuenta con módulo de Atención al Usuario, el cual fue creado el 22 de Julio del 2008.  En dicha dirección se han realizado  expertajes grafológicos y  dictámenes sobre documentos.  En el Departamento de Apoyo Técnico, se  consultan cédulas a las municipalidades y a la Tipografía Nacional se efectúan consultas acerca del carné de cédula y su autenticidad,  así como también se realiza consultas a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) acerca de la numeración de las hojas del Papel Especial de Protocolo que  se han autorizado a los notarios.</p>
<p>De lo anterior se detectaron cédulas falsas, escrituras falsas, firmas falsas, alteración de papel especial de protocolo, presentación de testimonios compulsados o transcritos que no coinciden con la escritura pública, utilización de papel de protocolo de notarios fallecidos o de otros notarios en su ausencia.</p>
<p>Demostrándose con esto, la buena funcionalidad de la  Dirección de Seguridad Registral y Apoyo a los Operadores de Justicia Penal, unidad administrativa dependiente de la  Secretaría General del Registro General de la Propiedad.</p>
<p>¿Qué hacer cuando encuentre alguna anomalía en las inscripciones de su propiedad?</p>
<p><strong>En la República de Guatemala:</strong></p>
<p>En el momento que usted descubra cualquier anomalía en las inscripciones de su bien, ya sea por certificación extendida por este registro, consulta electrónica o consulta a distancia, presente su denuncia al Ministerio Público, Fiscalía de Delitos contra el Registro de la Propiedad, ubicada en 15 Avenida 15-16, Zona 1 Edificio Gerona Ciudad de Guatemala, teléfonos 2411-9903 o en cualquier Fiscalía en toda la República; con atención en oficinas de lunes a viernes en horario de 8:00 a 16:00horas, o bien puede presentarse a la Dirección de Seguridad Registral de este Registro, ubicada en el segundo nivel de la sede del Registro General de la Propiedad, ubicado en la 9º. Avenida 14-25, Zona 1 ciudad de Guatemala, con horario de atención de 9:00 a 16:00 horas; para recibir información y orientación.</p>
<p>Deberá acudir al Ministerio Público con la siguiente documentación:</p>
<ol>
<li>Documento de identificación.</li>
<li>Información y documentación que acredite la anomalía de la finca.</li>
</ol>
<p><strong>En el extranjero:</strong></p>
<p>En el momento que usted descubra cualquier  anomalía en las inscripciones de su bien, ya sea por certificación extendida por este Registro, consulta electrónica o consulta a distancia, usted puede:</p>
<p><strong>1o. </strong><strong> </strong>Llenar el formulario de quejas (<a href="http://172.16.39.3/docs/formularios/formulariodequeja.doc">Descargar aquí</a>) y enviarlo al correo electrónico<a href="mailto:seguridadregistral@rgp.org.gt">seguridadregistral@rgp.org.gt</a> en donde le daremos seguimiento a su queja en el Ministerio Público.</p>
<p><strong>2o.</strong> Contactar a algún familiar, o amigo de confianza quien de preferencia se asesore de un Abogado, y acuda al Ministerio Público, Fiscalía de Delitos Contra el Registro de la Propiedad, ubicada en 15 Avenida  15-16, Zona 1 Edificio Gerona Ciudad de Guatemala, teléfonos 2411-9903 o en cualquier Fiscalía en toda la República, con atención en oficinas de lunes a viernes en horario de 8:00 a 16:00 horas, o bien puede presentarse a la Dirección de Seguridad Registral de este Registro, ubicada en el segundo nivel de la sede del Registro General de la Propiedad, ubicado en la 9º. Avenida 14-25, Zona 1 ciudad de Guatemala, con horario de atención de 9:00 a 16:00 horas; para recibir información y orientación.</p>
<p><strong>¿Qué debe verificar antes de comprar una propiedad?</strong></p>
<ol>
<li>Solicite al vendedor que le muestre el título de propiedad debidamente inscrito en el Registro.</li>
<li>Con el número de finca, folio, libro y departamento, solicite una certificación o consulta electrónica de la propiedad que usted quiere comprar, verificando:</li>
<li>Verifique la identidad del vendedor (no siempre quien se presenta ante usted es quien dice ser)</li>
<li>Si usted está familiarizado con Internet y la razón del título es posterior a junio de 2006, usted puede validar la razón en la página Web: <a href="http://www.rgp.org.gt/">www.rgp.org.gt</a> en “Validar razones registrales”</li>
</ol>
<ul>
<li>El nombre del propietario.</li>
<li>Ubicación de la propiedad.</li>
<li>Área inscrita de la propiedad.</li>
<li>Si a la propiedad le aparecen      hipotecas u otras anotaciones o limitaciones inscritas.</li>
</ul>
<ul>
<li>Verificando la autenticidad de      la cédula.</li>
<li>Verificar datos del propietario      con los vecinos y en la guía telefónica.</li>
<li>Asesórese siempre por un notario      de su confianza, y no por extraños.</li>
</ul>
<p>Fuente http://www.registro-propiedad.org.gt/</p>
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